PONEMOS A SU DISPOSICION NUESTRO SERVICIO DE VIGILANCIA DE MARCAS (SISTEMA DE OPOSICIÓN)

OCTUBRE 2016

Estimados Clientes y Amigos: 

Como les informamos en junio del presente año, en el mes de septiembre pasado entró en vigor la reforma a la Ley de la Propiedad Industrial que incorpora el denominado “Sistema de Oposición”.

A través de dicho sistema, el titular de una marca registrada puede oponerse legalmente a la concesión de una marca solicitada por un tercero, que pudiese invadir sus derechos. 

Es decir, que si una compañía como es el caso, registró la marca “Armani” para distinguir prendas de vestir, tendrá la posibilidad de monitorear y oponerse a la solicitud que un tercero presente para la marca “Armandi”, aplicada a los mismos o similares productos. 

Tales imitaciones, cabe hacer un paréntesis, no solo ocurren en la práctica con motivo de dolo, sino también por mera casualidad, considerando los cientos de solicitudes de marcas que se presentan a diario en nuestro país.

En ese sentido, la oposición a la que tiene derecho el titular de la marca previamente registrada, debe ejercerse por escrito dentro del procedimiento de registro iniciado por el tercero, aportando a la autoridad los motivos y fundamentos por los cuales considera que debe negársele el registro. Esta información puede ser considerada por la autoridad para emitir su decisión final sobre el otorgamiento o negativa de la marca.

Es importante aclarar, que para estar en condiciones de ejercer este derecho de oposición, es indispensable vigilar las marcas que se presentan a diario en el país, esto con la finalidad de detectar posibles imitaciones, para lo cual el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ya ha implementado un sistema especial a fin de que los titulares de marcas puedan llevar a cabo dicha vigilancia.  

A partir de la detección de marcas imitadoras, el titular de la marca podrá ejercer su derecho a la oposición dentro del plazo legal establecido para ello, el cual es improrrogable (consistente en un mes, contado a partir de que surta efectos la publicación respectiva).

Por tales motivos, si la marca que distingue a su Empresa o producto, constituye un activo cuya amenaza por parte de un tercero Usted pretendiese evitar, le sugerimos llevar a cabo una vigilancia permanente de las solicitudes de marcas presentadas a diario en nuestro País. 

Si Usted deseara encomendar dicha vigilancia a profesionales confiables, nuestra Firma como algunas otras ya está ofreciendo ese servicio a sus clientes, para lo cual quedamos a sus apreciables órdenes para que en caso de así requerirlo, poder informarle sobre los diferentes esquemas que pudiesen adaptarse a sus concretas necesidades. 

Nuestro servicio incluye el monitoreo permanente de la o las marcas que Usted desee vigilar, en clases determinadas, así como la emisión de un reporte en caso de detectar marcas potencialmente similares, al cual acompañaríamos nuestras opiniones y recomendaciones en torno a la conveniencia o no de presentar oposición.

Esperando que el contenido de la presente nota le haya sido de utilidad, nos despedimos no sin antes enviarle un saludo afectuoso.

Lic. Sergio Arturo Soriano Lozano, LL.M.

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